El Supremo revoluciona el despido disciplinario

El Supremo revoluciona el despido disciplinario: ¿cómo te afecta?

El Tribunal Supremo ha emitido recientemente un fallo que marca un antes y un después en la regulación del despido disciplinario en España. Este pronunciamiento, del 18 de noviembre, introduce la obligación para las empresas de otorgar una audiencia previa al trabajador antes de proceder a su despido por motivos disciplinarios. A continuación, analizamos los puntos más destacados de esta sentencia y su impacto en el ámbito laboral.

¿QUÉ ESTABLECE LA NUEVA SENTENCIA?

El fallo del Supremo establece que, en línea con el artículo 7 del Convenio 158 de la OIT, vigente en España desde 1986, las empresas deben ofrecer a los empleados la posibilidad de defenderse antes de finalizar su contrato por motivos relacionados con su conducta o rendimiento.

Aunque esta obligación no está recogida explícitamente en el Estatuto de los Trabajadores, el Supremo da prevalencia a la normativa internacional, cambiando así una doctrina que había permanecido inalterada durante más de 40 años.

REPERCUSIONES PARA LAS EMPRESAS Y TRABAJADORES

1. Obligación de audiencia previa

Las empresas están obligadas a escuchar al trabajador sobre los hechos que motivan su despido. Este trámite permite al empleado presentar su defensa, lo que podría influir en la decisión final de la empresa.

La falta de este trámite podría conllevar que el despido sea declarado improcedente, con las consecuencias económicas que ello implica.

2. Indemnizaciones mayores

En caso de no realizarse la audiencia previa, no solo se declararía la improcedencia del despido, sino que también se podría reclamar una indemnización complementaria por el incumplimiento de este requisito formal.

3. Ambigüedad en la aplicación

La sentencia no detalla cómo debe llevarse a cabo la audiencia previa ni establece un plazo concreto para su realización. Este vacío normativo podría generar litigios y discrepancias en los tribunales sobre qué prácticas cumplen con la nueva exigencia.

4. Excepciones

La audiencia previa puede no ser exigible en situaciones donde no sea razonable pedir al empresario que la otorgue, como casos de riesgo para la empresa o conflictos graves. Sin embargo, estas excepciones deberán interpretarse de forma restrictiva.

¿QUÉ DEBEN HACER LOS TRABAJADORES?

Es fundamental que los trabajadores conozcan sus derechos y actúen con precaución durante este trámite. Lo que expresen en la audiencia previa puede ser utilizado en su contra en un futuro juicio, por lo que es aconsejable contar con asesoramiento jurídico.

Además, se recomienda:

  • Solicitar que los hechos imputados sean entregados por escrito.
  • Firmar documentos con la anotación “no conforme” y con fecha para dejar constancia de la disconformidad.

IMPACTO EN LA NORMATIVA LABORAL

El fallo pone de manifiesto la necesidad de una actualización del Estatuto de los Trabajadores para incluir esta nueva obligación de manera clara y uniforme. Hasta que esto suceda, se anticipa un aumento significativo de la litigiosidad en torno a los despidos disciplinarios.

En conclusión, esta sentencia representa un avance en la protección de los derechos de los trabajadores y plantea nuevos retos para las empresas en la gestión de sus recursos humanos.

En Derechos del Trabajo estamos disponibles para asesorarte en este nuevo escenario legal, garantizando una defensa adecuada de tus intereses.

Si necesitas orientación sobre cómo actuar ante un despido disciplinario, no dudes en consultarnos. Tu tranquilidad es nuestro objetivo.