El acoso laboral, también conocido como mobbing, es una forma de violencia psicológica que se ejerce de forma sistemática y reiterada en el lugar de trabajo. El objetivo es atentar contra la dignidad y la salud del trabajador, y puede conllevar consecuencias graves, como el despido, la baja laboral o incluso el suicidio.
En este artículo, abordaremos los siguientes temas:
- ¿Qué es el acoso laboral?
- ¿Cuáles son los tipos de acoso laboral?
- ¿Cuáles son los ejemplos de acoso laboral?
- ¿Cómo demostrar el acoso laboral?
- ¿Dónde denunciar el acoso laboral en España?
¿QUÉ SE CONSIDERA ACOSO LABORAL?
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) define el acoso laboral como:
Toda conducta abusiva o de violencia psicológica que se produce en el lugar de trabajo, sea o no en el ejercicio de las funciones laborales, y que se manifiesta en una serie de comportamientos, actos, expresiones, omisiones, decisiones unilaterales, etc., que persiguen un fin determinado, por un tiempo prolongado y de forma sistemática y repetitiva, y que atentan o perjudican la dignidad, la salud física o mental o la integridad del trabajador o trabajadora.
En otras palabras, el acoso laboral es una situación en la que un trabajador o trabajadora es sometido a una serie de conductas hostiles y humillantes por parte de uno o varios compañeros de trabajo, jefes o superiores jerárquicos. Estas conductas pueden ser de naturaleza verbal, física o psicológica, y pueden tener un impacto negativo en la salud física y mental del trabajador.
TIPOS DE ACOSO LABORAL
El acoso laboral puede clasificarse en tres tipos principales:
- Acoso horizontal: Se produce entre compañeros de trabajo que ocupan un mismo nivel jerárquico.
- Acoso vertical descendente: Se produce entre un superior jerárquico y un subordinado.
- Acoso vertical ascendente: Se produce entre un subordinado y un superior jerárquico.
Además de estos tipos principales, también se pueden distinguir otros tipos de acoso laboral, como:
- Acoso por razón de sexo: cuando las conductas hostiles y humillantes están motivadas por el sexo del trabajador.
- Acoso por razón de discapacidad: cuando estas conductas responden a la situación de discapacidad del trabajador.
- Acoso por razón de orientación sexual: cuando se deben a la orientación sexual del trabajador.
EJEMPLOS DE ACOSO LABORAL
Algunos ejemplos de acoso laboral son:
- Conductas verbales: Insultos, amenazas, gritos, burlas, humillaciones, comentarios sexistas o racistas, etc.
- Conductas físicas: Agresiones físicas, tocamientos indebidos, etc.
- Conductas psicológicas: Aislamiento social, asignación de tareas degradantes o peligrosas, cambio de funciones sin justificación, etc.
¿CÓMO DEMOSTRAR EL ACOSO LABORAL?
Para demostrar el acoso laboral es necesario aportar pruebas que acrediten las conductas hostiles y humillantes.
Estas pruebas pueden ser:
- Testimonios de testigos: Es importante contar con el testimonio de compañeros de trabajo, familiares o amigos que hayan presenciado las conductas de acoso.
- Documentación: Cualquier documento que pueda acreditar las conductas de acoso, como correos electrónicos, cartas, informes médicos, etc.
- Registros audiovisuales: Grabaciones de audio o vídeo que muestren las conductas de acoso.
¿DÓNDE DENUNCIAR EL ACOSO LABORAL?
Solicitar amparo a la empresa
Todas las empresas están obligadas a disponer de un protocolo anti acoso, por lo que el trabajador puede solicitar amparo a la misma, dicho protocolo que normalmente de las siguientes fases:
Comunicación y asesoramiento
En esta fase el trabajador que sufre la situación de acoso, o un tercero que tiene conocimiento de la misma, pondrá en conocimiento de la persona designada a tal efecto, o del responsable de RRHH, la situación de potencial acoso que acaece en la empresa.
Denuncia interna y proceso de investigación
Si la persona afectada decide presentar denuncia, la empresa debe llevar a cabo las investigaciones oportunas a los efectos de conocer los hechos relatados en la denuncia.El inicio de la investigación precisa de la formación de una comisión interna, externa o mixta que analizará la denuncia y sus documentos, se entrevistará con las personas denunciadas y posibles testigos, así como con el con denunciante.
Dicha comisión podrá adoptar medidas cautelares con el fin de salvaguardar la integridad del trabajador.
Emisión de informe vinculante
La comisión investigadora debe emitir un informe en el que se pongan de manifiesto la persona denunciante, los denunciados, los hechos acaecidos, así como la valoración de su riesgo y una propuesta de medidas que permitan salvaguardar la integridad del trabajador.
Resolución
La comisión investigadora dará traslado del informe vinculante a la dirección de la empresa, quien decidirá sobre si existen o no evidencias de la situación de acoso denunciada.
Para el caso de que se consideré que efectivamente existen evidencias de haberse producido una situación de acoso, la empresa debe proponer las medidas correctoras e iniciar el expediente sancionador oportuno contra la personas o personas denunciadas. En caso contrario se archivará la denuncia formulada.
Inspección de trabajo
En España el acoso laboral está tipificado como una infracción laboral grave, por lo que puede ser denunciado ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
La Inspección de Trabajo llevará a cabo las averiguaciones oportunas, mediante asistencia al centro de trabajo, toma de declaración de trabajadores y otros medios que sean útiles en la investigación. Y en caso positivo, exigirá a la empresa las oportunas responsabilidades administrativas por permitir conductas contrarias a la seguridad y dignidad de sus empleados.
Procedimiento judicial de Tutela de Derechos Fundamentales
El trabajador podrá acudir a la jurisdicción social solicitando que se tomen las medidas oportunas para frenar la situación de acoso, así como una indemnización por los daños y perjuicios sufridos.
Extinción indemnizada de la relación laboral
El trabajador puede acudir a la jurisdicción social solicitando que se resuelva la relación laboral por un incumplimiento grave del empresario al no disponer las medidas oportunas para proteger al trabajador frente a la situación de acoso. En caso de que se declare la extinción por este motivo, el trabajador tendrá derecho a una indemnización en igual cuantía que la regulada para el despido declarado improcedente (33/45 días por año, máximo 24/42 mensualidades).
Además, podrá solicitar una indemnización por los daños ocasionados y derivados de la situación de acoso.
¿QUÉ PODEMOS HACER POR TI?
En conclusión, el acoso laboral es una situación grave que puede tener consecuencias muy negativas para el trabajador. Por ello, es importante que los trabajadores conozcan sus derechos y sepan cómo actuar si son víctimas de mobbing.
Si crees que estás siendo víctima de acoso laboral, no dudes en ponerte en contacto con nuestro despacho de abogados especialistas en Derecho Laboral. En Derechos del Trabajo siempre velaremos por tus intereses y trabajaremos incansablemente para poner fin a esa situación de hostigamiento.
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