Adaptación de jornada para hijos mayores de 12 años

La justicia amplía la conciliación: Adaptaciones de jornada más allá de los 12 años

Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha generado un importante precedente al permitir la extensión de la adaptación de jornada laboral más allá de los 12 años de los hijos.

Este fallo, que podría cambiar la interpretación de los derechos de conciliación familiar y laboral en España, está generando un intenso debate.

EL CASO: UN FALLO A FAVOR DE LA CONCILIACIÓN

El tribunal resolvió el caso de una mujer divorciada con custodia compartida de su hija, quien solicitó mantener una jornada adaptada después de que la menor cumpliera 12 años. Hasta entonces, la trabajadora tenía un horario ajustado que le permitía atender a su hija tras el colegio durante las semanas en las que tenía su custodia.

Sin embargo, al cumplir la menor la edad límite establecida en el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, la empresa rechazó prolongar esta adaptación, alegando problemas organizativos y de productividad.

La trabajadora acudió a los tribunales, y el TSJPV, en una sentencia del 7 de mayo, falló a su favor. Según el tribunal, denegar esta solicitud habría dejado a la menor desatendida por completo durante las tardes y habría afectado la capacidad de la madre para conciliar su vida laboral y familiar.

LOS FUNDAMENTOS LEGALES DEL FALLO

El artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores permite solicitar adaptaciones de jornada para el cuidado de hijos hasta que cumplan 12 años. También contempla este derecho para mayores de esa edad en casos de accidente o enfermedad que les impidan valerse por sí mismos.

En este caso, el tribunal consideró que las circunstancias específicas justificaban una excepción. La magistrada señaló que la negativa de la empresa no solo afectaría a la menor, sino también al derecho de la trabajadora a disfrutar de una mínima conciliación.

VOTO PARTICULAR EN CONTRA: ¿UN DERECHO LIMITADO?

La sentencia no estuvo exenta de oposición. Uno de los magistrados emitió un voto particular en el que señaló que el Estatuto de los Trabajadores no contempla este tipo de solicitudes en casos como el presentado.

Según su argumento, reconocer esta adaptación podría sentar un precedente que permitiría a cualquier trabajador con hijos en edad escolar reclamar horarios ajustados durante años, lo que podría ser inviable para muchas empresas.

IMPLICACIONES PARA TRABAJADORES Y EMPRESAS

Este fallo podría marcar un antes y un después en la interpretación de los derechos laborales en España. Por un lado, refuerza la protección de la conciliación familiar, pero por otro, plantea retos organizativos para las empresas.

Las empresas tendrán que analizar cuidadosamente cada caso y justificar de forma clara las razones por las que no pueden conceder este tipo de adaptaciones, mientras que los trabajadores cuentan ahora con un precedente que amplía las posibilidades de proteger sus derechos.

CONCLUSIÓN: HACIA UNA MAYOR FLEXIBILIDAD LABORAL

La decisión del TSJPV pone de manifiesto la necesidad de flexibilizar las medidas de conciliación familiar en un contexto laboral en constante cambio. Aunque este fallo no modifica la normativa, sí abre una vía para reinterpretar los derechos laborales con un enfoque más humano y adaptado a las realidades familiares actuales.

En Derechos del Trabajo seguimos de cerca estos desarrollos legales para asesorar a los trabajadores en la defensa de sus derechos y obligaciones. Si tienes dudas sobre cómo esta sentencia puede afectarte, no dudes en consultarnos. ¡Estamos aquí para ayudarte!